Desde Adeslas ofrécenos a nuestros clientes 3 tipos de seguros de salud:
seguros de salud de cuadro médico con hospitalización, seguro de salud de
reembolso de gastos y seguros de salud sin hospitalización valido para
consultas.
1. Seguros de salud de
cuadro médico:
Son los seguros médicos más demandados por la sociedad y por tanto los más
ofertados por nosotros. Es la modalidad de seguro de salud que te permite
acudir todas las veces que necesites a todos los médicos y centros
hospitalarios con los que la compañía s tiene un acuerdo. Este tipo de seguros
incluye todas las especialidades (pediatría, ginecología, traumatología, etc.),
pruebas diagnósticas, urgencias, asistencia médica, hospitalaria y quirúrgica,
podemos encontrarlos con o sin copagos, normalmente los ofertados a empresas
suelen ser sin copagos.
2. Seguros de salud de reembolso de gastos:
Es la modalidad de seguro de salud que te permite acudir todas las veces
que necesites a todos los médicos y centros hospitalarios con los que la
compañía tiene un acuerdo y además, estos productos permiten elegir el médico
que se desee para recibir la asistencia sanitaria, es decir, podrás acudir a
cualquier especialista o centro hospitalario que no esté en el Cuadro Médico y
en tal caso, la compañía de seguros te abonará entre el 80 y el 90% de la factura (dependiendo de la modalidad de seguro
médico de reembolso escogida).
En general, este tipo de seguros son para personas que desean elegir
libremente a qué médico o centro sanitario ir o que quieran coberturas que van
más allá de la medicina convencional o bien para personas que suelan viajar al
extranjero habitualmente.
3. Seguros de salud sin hospitalización:
La última modalidad de seguro de salud es la póliza más básica. Esta póliza
solamente cubre el acceso a la medicina privada incluyendo analíticas, pruebas
medicina familiar y especialistas, no incluyendo todos los procesos que
requieran de hospitalización, son pólizas muy económicas . Este tipo de seguro
suelen utilizarlo sobre todo, gente joven o en el caso de nuestra póliza básica
la cual no requiere cuestionario de salud personas que desean acceder a la
medicina privada pero que por enfermedades anteriores no podrían acceder al
seguro privado.
Ventajas fiscales
Contratar un Seguro de Salud para sus empleados supone un doble beneficio
fiscal:
1. Para su empresa:
El gasto abonado por la empresa en concepto de seguro médico para sus
empleados se podrá deducir el 100% como gasto social en la declaración del
impuesto de sociedades.
2. Para sus empleados:
No tendrán la consideración de rendimientos en especie las primas o cuotas
satisfechas por la Compañía a entidades aseguradoras para la cobertura de
enfermedad de los empleados, su cónyuge o descendientes que no excedan de 500 €
por persona, constituyendo, por tanto, el exceso una retribución en especie
según lo dispuesto en el Art. 44 del Reglamento de IRPF.
Cobertura: trabajador, cónyuge o descendientes:
• Exención limitada a 500€ por año/persona
• No hay limitación por número de personas
Formas de contratación y Ventajas Fiscales
Contratación de un seguro de salud por la compañía:
En el caso de que sea la Compañía la que contrate el seguro de salud, las
primas que no excedan de 500€ anuales no tendrán la consideración de
rendimiento en especie para el empleado. El exceso de dichas cantidades tendrán
la consideración de rendimiento en especie y estarán sujetas al correspondiente
ingreso a cuenta.
Contratación de un seguro de salud por la compañía y por el empleado:
En el caso de que el contrato de salud sea contratado por ambas partes,
solo tendrá consideración de rendimiento en especie la prima pagada por la
Compañía que exceda a 500€ anuales por cada miembro de la unidad familiar.
Dicho exceso deberá soportar el correspondiente ingreso a cuenta. La cuota
pagada por el empleado no tiene ninguna implicación fiscal.
Contratación de un seguro de salud por el empleado:
En caso de que sea el empleado quien pague la prima del seguro de salud, en
principio no existe ninguna implicación fiscal desde un punto de vista de la
relación laboral entre la Compañía y el empleado, así como tampoco ningún
beneficio fiscal.
Más información o en www.ofertasegurosalud.es,
te llamamos gratis.
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