Ahora cubrimos accidentes causados por
Animales cinegéticos
La extensión de garantías a daños materiales
producidos por colisión directa con animales cinegéticos se hará aplicable a todas las pólizas en vigor (salvo las excepciones
indicadas) con las siguientes modalidades de contratación:
§
SegurCaixa
Auto todas la modalidades (la modalidad mínima es
Terceros con Lunas)
§
SegurCaixa
Auto Negocio a partir de la modalidad Terceros con Lunas y superiores
§
SegurCaixa
Moto a partir de la modalidad Terceros ampliado y superiores
§
SegurCaixa
Auto Selección todas la modalidades (la
modalidad mínima es Terceros con Lunas)
Importante: Se excluyen las pólizas con cobertura sólo a Terceros.
“Quedan cubiertos los daños materiales que sufra el vehículo y sus accesorios o la reposición de los mismos como consecuencia de la colisión directa por atropello a especies cinegéticas y animales domésticos, siempre y cuando haya atestado policial, que así lo confirme o bien existan evidencias constatables previamente a la reparación del vehículo por los profesionales designados por SegurCaixa Adeslas”.
Según el Real Decreto 1095/1989 se
declaran animales cinegéticos a las especies objeto de caza y pesca, divididos
en caza menor y caza mayor:
Para más información www.proyectosegurodesalud.es o
bien llamando al 609553117 (Juan Battaner Ruiz).
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